Viajes al exterior: qué podés traer sin pagar impuestos

Las ansiadas vacaciones en el exterior suelen ser el momento ideal para renovar el guardarropas o adquirir algún objeto especial. Sin embargo, al momento de regresar a Argentina, es fundamental tener en cuenta las normativas establecidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para evitar inconvenientes en la aduana.

El régimen de equipaje de la AFIP establece una franquicia que permite a los viajeros ingresar al país con ciertos bienes sin abonar impuestos. Este monto varía según el medio de transporte utilizado:

  • Vía terrestre o fluvial: U$S 300 en equipaje.
  • Vía aérea o marítima: U$S 500 en equipaje y U$S 500 adicionales en compras realizadas en el free shop de llegada.

Es importante destacar que esta franquicia es mensual y no acumulable. Además, los grupos familiares pueden sumar sus franquicias para realizar un solo trámite.

Dentro de la franquicia permitida, se pueden ingresar al país:

  • Efectos personales: ropa, calzado, accesorios, etc.
  • Electrónicos: una computadora portátil y un teléfono celular.
  • Libros, folletos y periódicos.
  • Remedios recetados.

¿CÓMO REALIZAR LA DECLARACIÓN DE ADUANA?

Al llegar al país, los viajeros deben completar el formulario digital de declaración de equipaje. Este trámite se puede realizar a través de aplicaciones móviles o terminales de autogestión. En caso de no poder hacerlo de manera digital, se deberá completar el formulario en papel.

Si el valor de los bienes adquiridos en el exterior supera la franquicia establecida, se deberá abonar un arancel del 50% sobre el exceso. Por ejemplo, si compraste productos por un valor de U$S 600 y la franquicia es de U$S 500, deberás pagar un impuesto de U$S 50.

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